PREVENCION DE DISCRIMINACION Y PROTECCION A LAS MINORIAS
COMISION DE DERECHOS HUMANOS
46 perodo de sesiones
Tema 20 del programa provisional
INFORME DE LA SUBCOMISION DE PREVENCION DE DISCRIMINACION Y PROTECCION A LAS MINORIAS
SOBRE SU 41 PERIODO DE SESIONES
Exposicin escrita presentada por la Comunidad Internacional Bahá'í. Organizacin no
gubernamental reconocida como entidad consultiva de la Categora II
El Secretario General ha recibido la siguiente comunicacin, que se distribuye de conformidad con la resolucin 1296 (XLIV) del Consejo Econmico y Social.
27 de diciembre de 1989
La Comunidad Internacional Bahá'í expresa su agradecimiento y satisfaccin a la Relatora Especial, Sra. Daes, por el estudio excelente, completo y sugestivo que ella ha puesto al da y presentado al 41 perodo de sesiones de la Subcomisin de Prevencin de Discriminaciones y Proteccin a las Minoras (E/CN.4/Sub.2/1989140, de 18 de julio de 1989).
En el estudio realizado par la Relatora Especial se seala que desde un punto de vista terico y sobre todo prctico, el individuo es portador de derechos y obligaciones internacionales, que tiene una capacidad procesal limitada directamente en derecho internacional y que ha de ser considerado al menos, junto con el Estado, como sujeto del derecho internacional contemporneo.
La Comunidad Internacional Bahá'í reconoce el principio de la "inmutable ley del cambio", segn el cual todo crece, se desarrolla, se concentra o dispersa y muere. La Relatora Especial explica claramente en el estudio el carcter evolutivo del derecho internacional. La Comunidad Internacional Bahá'í est totalmente de acuerdo con la Relatora Especial en que ha de considerarse a la actual etapa del derecho internacional como un perodo de transicin que ha de desembocar en el nuevo orden jurdico mundial en el que el individuo ser llamado a desempear un papel ms importante como sujeto de derechos, obligaciones y deberes internacionales. La humanidad se acerca rpidamente a un nuevo orden, a una mancomunidad mundial, que implica la necesaria flexibilidad para hacer frente a las necesidades crecientes y en constante evolucin de la sociedad moderna. Los ltimos sucesos acaecidos en el mundo demuestran que el orden actual pronto ser enrollado, "y uno nuevo desplegado en su lugar".
La Comunidad Internacional Bahá'í considera que "tiene que desarrollarse necesariamente una mancomunidad mundial, en cuyo favor todas las naciones del mundo cedern voluntariamente toda pretensin de hacer la guerra, determinados derechos a imponer tributos y todos los derechos a mantener armamentos, salvo con el fin de conservar el orden interno dentro de sus respectivos dominios. En la rbita de esa mancomunidad mundial habr de figurar un ejecutivo internacional adecuado para hacer valer ante todo miembro recalcitrante de la mancomunidad una autoridad suprema incuestionable; un parlamento mundial cuyos miembros sean elegidos por el pueblo de sus respectivos pases y cuya eleccin est confirmada por sus respectivos gobiernos; y un tribunal supremo cuyas sentencias tengan efecto vinculante incluso en los casos en que las partes interesadas no acuerden voluntariamente someter sus casos a la consideracin del tribunal.
La Relatora Especial seala acertadamente en su estudio que la soberana nacional sin trabas es un concepto vinculado a una etapa pasada del desarrollo de la comunidad mundial y no es compatible con "los principios de inters o interdependencia de la comunidad internacional ni con el estatuto del individuo como sujeto del derecho internacional" (E/CN.4/Sub.2/l989/40, prr. 534). En opinin de los Bahá'ís no es ms que una fase intermedia en el proceso de evolucin humana mundial, una evolucin social "que tiene sus primeros comienzos en el nacimiento de la vida de la familia y su ulterior desarrollo en la consecucin de la solidaridad tribal, que lleva a su vez a la constitucin del estado ciudad y que se ampla posteriormente para dar lugar a la institucin de las naciones independientes y soberanas".
De esta forma la evolucin del derecho internacional ha llevado a la eliminacin parcial de la soberana nacional de los Estados. Consecuentemente, la humanidad parece dirigirse al establecimiento de una mancomunidad mundial compuesta por: a) un verdadero rgano legislativo mundial; b) un tribunal mundial obligatorio; c) un ejecutivo mundial efectivo.
En el mbito del sistema internacional actual existen: a) una autoridad legislativa mundial de facto, dividida en diversos rganos normativos, y b) un tribunal mundial de facto, dividido en distintos rganos judiciales internacionales. E1 prximo paso lgico sera pasar a una fase de jure. De esta forma la humanidad podra superar las limitaciones internas de la estructura de la sociedad actual.
La humanidad vive en la actualidad un momento especial -- el momento de la incubacin de una mancomunidad mundial cuyo principal objetivo es la salvaguardia del bienestar de toda la humanidad. Dicho commonwealth constituye el prximo paso en la evolucin de la civilizacin en general y del derecho internacional en especial.
La Relatora Especial menciona en la secciones IX y X de su estudio diversos elementos que estn en consonancia con el concepto de una mancomunidad mundial.
Para la formacin de una futura mancomunidad ser necesario en primer lugar la profunda conciencia de la indiscutible interdependencia de todas las naciones del mundo y de la unidad de la humanidad. Posteriormente ser necesario una fuerte voluntad universal que actuando sobre esta conciencia lleve a la humanidad a su prxima fase evolutiva.
El principio de la unidad de la humanidad "exige nada menos que la reconstruccin... de todo el mundo civilizado" y el reconocimiento de la idea de ciudadana mundial. Pese a ello, este principio cardinal "no ignora, ni trata de suprimir la diversidad de origen tnico, clima, historia, idioma y tradicin, pensamientos y costumbres que diferencian a los pueblos y naciones del mundo. Exige lealtades ms amplias' aspiraciones mayores que las que han animado a la raza humana. Insiste en la subordinacin de los impulsos e intereses nacionales a las exigencias imperativas de un mundo unificado... Su lema es unidad en la diversidad".
La Comunidad Internacional Bahá'í considera esencial que se sigan consagrando todas las energas a las actividades propuestas par la Relatora Especial para reforzar el estatuto del individuo en el derecho internacional contemporneo. Las Naciones Unidas han realizado ya adelantos positivos en esta esfera. Como seala la Relatora Especial en su estudio, podra realizarse, con todo, nuevos progresos, entre otras formas: a) concediendo al individuo personalidad en derecho internacional; b) atribuyendo al individuo determinados derechos y obligaciones como sujeto de derecho internacional, y c) permitiendo al individuo mayor acceso a instancias internacionales para conseguir la efectiva reparacin de las violaciones de sus derechos.
La Comunidad Internacional Bahá'í apoya enrgicamente estas iniciativas a travs de la comunidad de naciones.
La Comunidad Internacional Bahá'í espera que la Comisin de Derechos Humanos examine estas observaciones y las recomendaciones generales formuladas por la Relatora Especial y tome medidas en base a las recomendaciones concretas contenidas en el prrafo 568 de su estudio actualizado al adoptar una resolucin pertinente.
* Todas las citas estn tomadas de documentos Bahá'ís.
Documento BIC #90-0127S
Traducido del original en ingls